1. Este seguro cubre el 100% de todos los gastos de asistencia médica, farmacéutica y hospitalaria a consecuencia de un ACCIDENTE, para el Asegurado y su grupo familiar directo. En caso de no haber cónyuge e hijos, el grupo familiar serán los padres. El tope de cobertura para los hijos estudiantes será hasta un mes antes de cumplir los 24 años.
2. Están excluidas las intoxicaciones, lumbagos no traumáticos, hernias, embarazos, tratamiento de drogas y cualquier tipo de enfermedad.
3. El plazo de notificación de un accidente a la Compañía de Seguros MetLife, es de 30 días corridos contados desde la fecha del accidente. En este plazo el socio deberá informar por escrito, directamente a cualquier integrante Bienestar.
Los datos requeridos serán los siguientes:
Si a la fecha de notificación el asegurado aún no tiene en su poder los comprobantes de gastos médicos generados por el accidente, tiene un plazo máximo de 180 días corridos desde la fecha del accidente para presentarlos en Bienestar.
4. Los gastos médicos deben ser presentados ante el Sistema de Salud del socio (Isapre o Fonasa). En caso de que las prestaciones médicas no sean bonificadas, se debe solicitar un timbre de NO BONIFICABLE (se excluyen de este trámite los gastos de farmacia).
5. Todos los documentos presentados a la Compañía, deben ser originales (facturas, boletas, recetas, bonos, programas médicos, liquidación de reembolso de Isapre u otra compañía de seguro). No se reembolsará contra documentos fotocopiados ni protocolizados ante notario.
6. Cada gasto médico por accidente debe estar respaldado por una orden médica, ejemplos de esto son: radiografías, scanner, exámenes de laboratorio y medicamentos. De lo contrario no serán rembolsados.
7. Cada vez que se presenten documentos a la Compañía, deberán ir adjuntos al formulario “Solicitud de reembolso de gastos médicos por accidente”, completando todos los antecedentes solicitados en el formulario, por el asegurado y por el médico tratante (sólo ante la presentación de los primeros gastos médicos por accidente). Se debe detallar cuándo, dónde y cómo ocurrió el accidente. El médico tratante debe registrar el diagnóstico y poner su timbre. Para los gastos posteriores sólo se debe indicar que corresponde a Continuación de tratamiento.